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Fondo de garantía LPP
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3000 Berna 14
Suiza
T +41 31 380 79 71  |  F +41 31 380 79 76
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Art. 5 pago en efectivo

1.  Los asegurados pueden solicitar el pago en efectivo de las prestaciones de salida cuando:

a. abandonen definitivamente Suiza; con reserva del artículo 25 f ;

b. asumen una actividad independiente y ya no están sujetos a la previsión profesional obligatoria; o bien cuando

c. la prestación de salida sea inferior a su aporte anual.

2 Para las personas casadas con derecho a prestaciones, el pago en efectivo solamente es posible con la aprobación por escrito del cónyuge.

3 Si no se puede obtener esta aprobación o la misma es negada sin un motivo valedero, se puede recurrir a los tribunales